La Mediación está dirigida a todas aquellas personas físicas y jurídicas que decidan someterse a este procedimiento flexible, voluntario, y deseen alcanzar un acuerdo con la intervención de un mediador, que garantizará:
- La plena igualdad de oportunidades.
- La confidencialidad.
- El mantenimiento del equilibrio entre las partes y el respeto a sus puntos de vista.
- La neutralidad, pues el mediador no puede actuar en interés o perjuicio de ninguna de las partes.
- La eficacia, pues el acuerdo que se firme es obligatorio entre las partes.
¿En qué casos?
A título de ejemplo, son asuntos objeto de la mediación y/o resolución de diferencias:
- Conflictos con proveedores, clientes, quejas.
- Gestión de impagos.
- Diferencias entre administradores o entre socios y administradores de una sociedad mercantil.
- Relaciones comerciales.
- Relaciones laborales.
- Mediación familiar
- Mediación en el ámbito penal
- Etc…